Trabajador en relación de dependencia - Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

¿Qué empleados en relación de dependencia están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales?


IMPUESTO A LAS GANANCIAS

 

- Quienes se encuentren inscriptos en el Impuesto;

- Quienes percibieron ingresos brutos anuales iguales o superiores a $144.000.

 

IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES

 

- Quienes se encuentren inscriptos en el Impuesto;

- Quienes al  31 de Diciembre del año anterior posean bienes que valuados según la normativa vigente, superen los $305.000;

- Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas resulten iguales o superiores a $96.000.

 

Entonces, según lo enunciado sabemos que si el empleado previamente se inscribió en el impuesto debe presentar la declaración jurada.

 

Ahora si no está inscripto en el Impuesto (en Ganancias ni en Bienes Personales) dependerá de sus Ingresos Brutos Anuales (IBA);

 

Si:
     * IBA < $96.000     Declaración Jurada de Imp. Ganancias --->No presenta
                                  Declaración Jurada de Bs. Personales  --->No presenta

     * $96.000 < IBA < $144.000 Declaración Jurada de Imp. Ganancias -->No presenta
                                               Declaración Jurada de Bs. Personales --->Si Presenta

    * IBA > $144.000    Declaración Jurada de Imp. Ganancias --->Si Presenta
                                  Declaración Jurada de Bs. Personales --->Si Presenta
                                                                                  

 

¿Cómo se realizan las presentaciones de las declaraciones juradas?

 

 

* Bienes Personales:
- Aplicativo de AFIP, "GANANCIAS PERSONAS FISICAS - BIENES PERSONALES"

* Ganancias:
 - Aplicativo de AFIP, GANANCIAS PERSONAS FISICAS - BIENES PERSONALES”
- On-line, a través de la página de AFIP con clave fiscal, al servicio “Régimen Simplificado Ganancias Persona Física”.