Trabajadores Autónomos y Trabajadores en Relación de dependencia. Nuevos Valores de Aportes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los nuevos valores de los aportes que deberán ingresar los trabajadores autónomos a partir del período Marzo de 2013 (que vence los primeros días de abril).

 

También se modifican los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.

 

De esta manera, se adecuan los aportes a la ley de movilidad jubilatoria, que incrementó en 15,18% los haberes previsionales desde el 1º de marzo de 2013.

 

  • Trabajadores autónomos. Importes vigentes a partir del período marzo de 2013, con vencimientoen abril de 2013. Régimen General:


Grupos de Actividades

Categorías

Importes Mensual

Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.

V

$ 1.767,13

IV

$ 1.285,19

III

$ 803,24

Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan
 locaciones o prestaciones de servicios

II

$ 562,26

I

$ 312,96

Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores

II

$ 438,13

I

$ 401,62

Afiliaciones voluntarias

I

$ 401,62

Menores de 18 hasta 21 años

I

$ 401,62

Jubilados por la Ley 24.241

I

$ 338,87

Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828

I

$ 138,06

 

  • Empleados en relación de dependencia.

 

Los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicables al período devengado marzo de 2013 son los siguientes:

 

-Límite mínimo:            $  753,05                     -Límite máximo:           $ 24.473,92