Modificaciones en el Impuesto a las Ganancias.

El gobierno oficializó la ley que grava con un 10% la distribución de dividendos y con un 15% la compraventa de títulos que no cotizan en la Bolsa.

 

A través de la Ley 26.893 se introdujeron las modificaciones al Impuesto a las Ganancias, con el objeto de gravar a la totalidad de las “rentas financieras”.

La norma establece que a partir del 23 de Septiembre del 2013 se gravarán los resultados provenientes de la enajenación, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores que no cotizan en bolsa con una alícuota del 15% cualquiera fuera el sujeto que las obtenga, dejando sin efecto la exención que estaba prevista para beneficiarios del exterior -art. 78, D. 2284/1991-.

 

Asimismo, se dispone que la distribución de dividendos y/o utilidades, en dinero o en especie, estará alcanzada por el impuesto a la alícuota del 10%, que tendrá el carácter de pago único y definitivo, sin perjuicio de la aplicación de la retención del 35% aplicable a la distribución de dividendos y/o utilidades que superen la ganancia impositiva -art. 69.1 de la ley del gravamen-.