AFIP - Fiscalización Electrónica. ¿Qué es?

El presente artículo pretende dar a conocer el nuevo procedimiento de control de cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de la AFIP y qué hacer ante la recepción de una notificación de este tipo.

 

• ¿Qué es una fiscalización electrónica y cuál es su finalidad principal?

Mediante la resolución general 3416/2012, de fecha 20/12/12, la Administración Federal de Ingresos Públicos reguló un nuevo procedimiento de control de cumplimiento de las obligaciones fiscales denominado "fiscalización electrónica".

Este procedimiento está compuesto por distintas etapas y tiene como objetivo inducir al contribuyente a declarar correctamente y corregir toda aquella información impositiva que tenga errores y haya surgido de la información analizada. En pocas palabras: le permite al contribuyente presentar declaraciones juradas rectificativas y así corregir los errores en la información que AFIP tiene en sus bases de datos.

 

• ¿Quiénes pueden recibir una fiscalización electrónica?

Las personas físicas y jurídicas inscriptas en el régimen general, los empleados en relación de dependencia que sufran retenciones del impuesto a las Ganancias y los contribuyentes que pertenezcan al régimen simplificado conocido como monotributo.

 

• ¿Cómo me notifican una fiscalización electrónica?

El inicio de este procedimiento va a ser notificado en el domicilio fiscal declarado. Una vez notificado el contribuyente, se da por iniciado el proceso de fiscalización electrónica.

 

¿Qué datos debo tener para ingresar en la página de AFIP y responder el requerimiento?

Para comenzar a contestar el requerimiento electrónico hay que contar con la clave fiscal con un nivel de seguridad dos o superior, que otorga AFIP para su utilización. También es necesario tener el número de fiscalización; este dato se encuentra en la notificación en papel que está en poder el contribuyente intimado.

 

• ¿Qué debo hacer cuando recibo una notificación de fiscalización electrónica?

Con la notificación en poder del contribuyente, el primer paso a realizar es dar de alta el servicio web Fiscalización electrónica. Luego, con el número de fiscalización electrónica, se procede a visualizar el requerimiento electrónico. Este requerimiento debe ser contestado en línea y se pueden adjuntar todas las pruebas documentales que se considere oportuno presentar para la defensa del contribuyente.

El contribuyente cuenta con un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibida la notificación, para contestar el requerimiento que le fue formulado.

 

• ¿Puedo pedir prórroga?

Es posible solicitar una prórroga, por única vez y por un plazo de diez días hábiles. El pedido debe realizarse antes del vencimiento en el mismo servicio web de Fiscalización electrónica. La autorización de la prórroga será comunicada por AFIP a través del mismo servicio web y este nuevo plazo comienza a regir a partir del día siguiente de la mencionada notificación.

 

• Una vez que contesté el requerimiento ¿qué comprobante emite el sistema?

El sistema va a emitir un acuse de recibo que será el comprobante del cumplimiento del requerimiento electrónico.

 

• ¿Se puede consultar la contestación de un requerimiento electrónico?

Se puede consultar la contestación realizada del requerimiento electrónico desde el mismo servicio web de Fiscalización electrónica.

 

• ¿Qué sanciones tengo ante el incumplimiento del requerimiento fiscal electrónico?

Si se incumple este requerimiento, el contribuyente es pasible de las sanciones que impone la ley de Procedimiento 11683. Las multas van de 150 a 2.500 pesos y se pueden agravar hasta un monto máximo de 45.000 pesos en el caso de omitir proporcionar datos a la AFIP y/o la falta de conservación de comprobantes para las operaciones internacionales. Otra sanción que el contribuyente puede sufrir es ser encuadrado en una categoría distinta de la que posee en el Sistema de Perfil de Riesgo. Puede ser excluido o suspendido de los registros especiales tributarios o registros fiscales en los que estuviera inscripto.