Fideicomisos - Régimen de Información

AFIP modificó el régimen de información de los fideicomisos

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó, mediante su publicación en el Boletín Oficial, la norma que obliga a remitir la información de respaldo en formato PDF, dentro de los 10 días hábiles de realizadas, todas las operaciones de fiduciarios de fideicomisos, financieros y no financieros.

La Resolución General 3538, tiene como objeto “optimizar las acciones de control y fiscalización propias" de la AFIP.

La resolución entró en vigencia 15/11/2013, e incluye no sólo las nuevas operaciones, sino las realizadas desde el 1 de enero de 2013, con carácter de "excepción", por lo que los sujetos obligados deberán presentar por vía electrónica "el contrato constitutivo del fideicomiso informado, así como de las modificaciones que se hubieran introducido al mismo".

 

Los fiduciarios de fideicomisos, financieros y no financieros, constituidos en el país, deberán registrar:

  • La constitución inicial de fideicomisos,
  • Ingreso y egreso de fiduciantes y/o beneficiarios, que se produzcan con posterioridad al inicio,
  • Las transferencias o cesiones gratuitas u onerosas de participaciones o derechos en fideicomisos,
  • Entregas de bienes efectuadas a fideicomisos, con posterioridad a su constitución.
  • Las modificaciones al contrato inicial, la asignación de beneficios y la extinción de contratos de fideicomisos.

Los mencionados sujetos (los fiduciarios) deberán presentar electrónicamente la documentación respaldatoria de las operaciones registradas en formato “.pdf

 

Los obligados son los "sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios en fideicomisos constituidos en el exterior, los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciantes y/o beneficiarios en fideicomisos constituidos en el exterior, únicamente por las operaciones relacionadas con sus respectivas participaciones y los vendedores o cedentes y adquirentes o cesionarios de participaciones en fideicomisos constituidos en el país".

 

La presentación de la documentación digitalizada por vía electrónica deberá hacerse a través del sitio de la AFIP en Internet, (http://www.afip.gob.ar/), ingresando con clave fiscal, y tendrá como fecha tope el 28 de febrero de 2014.

 

Quedan exceptuados los fideicomisos financieros que cuenten con la autorización de la Comisión Nacional de Valores para hacer oferta pública de sus valores fiduciarios.