Acuerdo Salarial para los Empleados de Comercio Mayo 2013

Recordamos que el último Acuerdo Salarial para los empleados de Comercio, que tiene vigencia desde el mes de mayo de 2013 hasta el mes de abril de 2014, establecía un incremento de carácter no remunerativo equivalente al 24% efectivizándose en dos tramos:

 

a) Catorce por ciento (14%) a partir de mayo de 2013.

 

b) Diez por ciento (10%) a partir de noviembre de 2013.

 

El incremento salarial es escalonado y no acumulativo, es decir, que ambos tramos parten de la misma base de cálculo.

 

 

Asimismo, el artículo 2 del acuerdo dispone que el incremento no remunerativo mantendrá este carácter en su totalidad hasta el mes devengado enero de 2014. A partir del mes devengado febrero de 2014 se incorporará en forma completa y en su totalidad, es decir, ambos tramos del incremento escalonado, al salario básico del trabajador. La incorporación deberá incluir un monto equivalente al importe de los aportes a cargo del trabajador, de modo tal de no afectar el salario de bolsillo de éste, ni el adicional por presentismo, puesto que este último será calculado sobre las remuneraciones ahora incrementadas.