Trabajadores Autónomos y Trabajadores en Relación de dependencia. Nuevos Valores de Aportes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los nuevos valores de los aportes que deberán ingresar los trabajadores autónomos a partir del período Marzo de 2013 (que vence los primeros días de abril).
También se modifican los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.
De esta manera, se adecuan los aportes a la ley de movilidad jubilatoria, que incrementó en 15,18% los haberes previsionales desde el 1º de marzo de 2013.
- Trabajadores autónomos. Importes vigentes a partir del período marzo de 2013, con vencimientoen abril de 2013. Régimen General:
Grupos de Actividades |
Categorías |
Importes Mensual |
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. |
V |
$ 1.767,13 |
IV |
$ 1.285,19 |
|
III |
$ 803,24 |
|
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan |
II |
$ 562,26 |
I |
$ 312,96 |
|
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores |
II |
$ 438,13 |
I |
$ 401,62 |
|
Afiliaciones voluntarias |
I |
$ 401,62 |
Menores de 18 hasta 21 años |
I |
$ 401,62 |
Jubilados por la Ley 24.241 |
I |
$ 338,87 |
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828 |
I |
$ 138,06 |
- Empleados en relación de dependencia.
Los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicables al período devengado marzo de 2013 son los siguientes:
-Límite mínimo: $ 753,05 -Límite máximo: $ 24.473,92